Servicios en Ecuador
Te apoyamos en la constitución y registro de tu empresa, además de ofrecerte servicios de representación y domicilio fiscal, asegurando el cumplimiento integral de tus obligaciones fiscales.
- ¿Cuándo es necesario registrarse?
Es obligatorio registrarse ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) si el no residente establece un establecimiento permanente en Ecuador o si realiza actividades comerciales que generen ingresos de fuente ecuatoriana.
- ¿Es necesario un representante fiscal?
Sí, los no residentes que realicen actividades sujetas a impuestos en Ecuador deben designar un representante legal o apoderado en el país para efectos fiscales y administrativos.
- ¿Con qué impuestos se debe cumplir?
a. Impuesto a la Renta (IR): Aplicable sobre ingresos de fuente ecuatoriana, con retenciones del 22% al 25% en el caso de sociedades extranjeras sin establecimiento permanente.
b. IVA (Impuesto al Valor Agregado): Tasa estándar del 15% sobre bienes y servicios gravados.
c. ISD (Impuesto a la Salida de Divisas): Del 5% sobre transferencias de dinero fuera del país.
d. Retenciones en la fuente: Dependiendo del tipo de pago recibido, pueden aplicarse retenciones adicionales.
- Algunos de nuestros servicios adicionales.
a. Registro y creación de empresas
b. Representación fiscal y domicilio fiscal
Ejemplo práctico de unos de nuestros clientes:
Una empresa basada en Estados Unidos que presta servicios de asesoría a clientes ecuatorianos no contaba con establecimiento en el país. Sus ingresos estaban sujetos a una retención del 25% sobre la renta de fuente ecuatoriana, aplicada por el cliente local al momento del pago. Nuestro cliente decidió abrir una oficina en Ecuador, por ende, la registramos ante el SRI y actualmente se encuentra en cumplimiento con el IVA y otras obligaciones fiscales locales.
Dirección: Av 16 de Septiembre 904, 74325 Chipilo de Francisco Javier Mina, Pue., México